Santo Domingo, R.D. – En un paso decisivo hacia la modernización del Estado, el Ministerio de Administración Pública (MAP) y la Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP) aprobaron un nuevo modelo estándar de estructura organizacional para las Unidades de Compras de las instituciones públicas.
La reforma, enmarcada en la implementación de la Ley 47-25, tiene como objetivo fortalecer la transparencia, la eficiencia y la profesionalización en la gestión contractual. Bajo este nuevo esquema, las Unidades de Contrataciones Públicas asumirán un rol transversal, brindando apoyo técnico y administrativo durante todo el ciclo de vida del contrato y garantizando la trazabilidad de cada proceso.
Tres niveles de estructura según la realidad institucional
Con el propósito de asegurar que cada entidad cuente con un modelo acorde a su realidad operativa y presupuestaria, la resolución conjunta establece tres tipos de estructuras organizativas:
Estructura Tipo A (Funcional Especializada):
Dirigida a instituciones con compras estratégicas y de alto riesgo. Separa las compras misionales de las operativas e incorpora subunidades especializadas para la evaluación de ofertas y la administración de proveedores.
Estructura Tipo B (Mixta):
Orientada a instituciones donde las compras constituyen procesos de apoyo relacionados con bienes y servicios comunes. Exige una división clara de funciones, aunque con menor nivel de especialización que la Tipo A.
Estructura Tipo C (Simple):
Diseñada para entidades con bajo volumen de procesos. Centraliza las funciones en un equipo reducido, a fin de disminuir la burocracia y optimizar los recursos presupuestarios.
Alcance del ciclo de vida de la contratación
El artículo 3 de la circular conjunta establece que el ciclo de vida de la contratación comprende:
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La planificación y preparación de las contrataciones, incluyendo estudios y consultas previas, definición del objeto y condiciones, estimación presupuestaria, selección de peritos, elaboración de especificaciones técnicas o términos de referencia, identificación de la disponibilidad presupuestaria, preparación y aprobación de pliegos y selección del procedimiento correspondiente.
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La convocatoria al procedimiento de contratación, así como la gestión de aclaraciones, respuestas a oferentes y posibles adendas o enmiendas.
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La presentación, apertura y evaluación de ofertas; la adjudicación; la formalización y ejecución del contrato; su eventual extinción; las actuaciones postcontractuales y la evaluación de resultados en términos de costos y beneficios alcanzados.
Creación de una Mesa Técnica de seguimiento
Para garantizar la correcta implementación de esta medida, el artículo 14 de la normativa dispone la creación de una Mesa Técnica de carácter consultivo, encargada de acompañar a las instituciones en la adopción de los nuevos modelos organizativos.
Esta mesa será coordinada por el MAP y contará con la participación activa de la DGCP y la Dirección General de Presupuesto (DIGEPRES).
Las nuevas Unidades de Contrataciones Públicas, dependientes de la Dirección Administrativa Financiera (DAF) de cada institución, tendrán la responsabilidad de dirigir y coordinar las adquisiciones de bienes, obras y servicios, asegurando que cada peso invertido esté alineado con la normativa del Sistema Nacional de Contrataciones Públicas y con las prioridades estratégicas del país.
Con esta iniciativa, el Gobierno dominicano reafirma su compromiso con una administración pública más ágil, eficiente y transparente, en la que la gestión de compras públicas se consolide como un pilar fundamental del buen uso de los recursos del Estado.
Para consultar la resolución íntegra, los interesados pueden acceder a la sección “Marco Legal” en el portal institucional de la DGCP.






