El Tribunal Constitucional (TC) acogió la acción directa de inconstitucionalidad interpuesta por los abogados Alberto Fiallo y Reny del Jesús Mazara contra el articulo 54 del Código de Trabajo que estable solo dos dias como licencia de paternidad, al indicar que vulnera el derecho de igualdad, el principio de razonabilidad, los derechos de familia y el principio de interés superior del niño, establecidos en la Constitución de la República.
Con el dictamen, la alta corte exhorta ahora al Congreso Nacional a revisar el período de licencia de paternidad reconocido a todo trabajador, en un plazo no mayor de dos años, el Código de Trabajo para establecer un nuevo plazo de duración que resulte más acorde a los principios de igualdad y razonabilidad.


